MP 2.200-2, Lei 14.063/2020
ITI
BRL
Sí, las firmas electrónicas son por lo general jurídicamente válidas en Brasil según MP 2.200-2, Lei 14.063/2020 y suficientes para la mayoría de los tipos de contrato que no exigen una forma determinada. canusign utiliza la firma electrónica simple (SES); para documentos sujetos a un requisito legal de forma escrita o notarial no resulta suficiente.
En Brasil puede firmar digitalmente la mayoría de contratos, incluyendo: Contratos comerciales, Contratos de alquiler, Contratos de servicios. Las excepciones son: Transacciones inmobiliarias (notario), Ciertos documentos gubernamentales.
La autoridad responsable en Brasil es ITI. Supervisa el cumplimiento de los requisitos legales para firmas electrónicas.