eIDAS, Ley 6/2020
MINECO
EUR
Sí, las firmas electrónicas son por lo general jurídicamente válidas en España según eIDAS, Ley 6/2020 y suficientes para la mayoría de los tipos de contrato que no exigen una forma determinada. canusign utiliza la firma electrónica simple (SES); para documentos sujetos a un requisito legal de forma escrita o notarial no resulta suficiente.
En España puede firmar digitalmente la mayoría de contratos, incluyendo: Contratos comerciales, Contratos laborales. Las excepciones son: Escrituras públicas, Transacciones inmobiliarias.
La autoridad responsable en España es MINECO. Supervisa el cumplimiento de los requisitos legales para firmas electrónicas.